domingo, 21 de junio de 2009



ALCALDE DE JESUS MARIA SERA DENUNCIADO POR CONSTRUIR UN LOCAL EN LA VIA PUBLICA
feliz día del padre sr alcalde!

nota de sanfelipenosevende: ¡qué buen regalito por el dia del padre para nuestro burgomaestre! De parte de los vecinos del distrito de jesus maria: ¡feliz día del padre sr ocrospoma, que lo pase bonito! =)

Un grupo de abogados de la Asociación Civil Defensa del Vecino anunció la denuncia penal en contra de Enrique Ocrospoma, por construir un local municipal utilizando para ello una parte de la vía pública de dicho distrito.

Abogados de la Asociación Civil Defensa del Vecino, a solicitud del Instituto Peruano de Administración Municipal (IPAM), anunciaron que denunciarán penalmente por abuso de autoridad al alcalde de Jesús María, Enrique Ocrospoma, ante su insistencia de llevar adelante la construcción de un local municipal utilizando para ello una parte de la vía pública de dicho distrito.

El director del IPAM y especialista en Derecho Municipal, Marco Tulio Gutiérrez, sostuvo que el estudio efectuado por dicha entidad sobre este tema concluye que el ensanche formado por la intersección de la avenida de la Peruanidad y el jirón Horacio Urteaga es un bien de dominio público bajo administración municipal.

“Es decir, que la Municipalidad no es propietaria sino administradora de un bien de dominio público, en aplicación de lo establecido en la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, Ley N° 29151 de diciembre de 2007 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA”, precisó.
Detalló que el ensanche vial, como parte de la vía pública, es un bien de uso público irrestricto, como todas las avenidas, jirones y calles de la ciudad, al igual que los parques, plazas, alamedas y jardines.

“En consecuencia, efectuar una construcción que le quita el carácter de uso público a dicho ensanche vial, constituye un acto ilegal”, remarcó.

El concejo de Jesús María señaló que “es verdad que el Centro Juan Pablo II se está construyendo en un área pública, nunca se ha dicho lo contrario. Las municipalidades ,al ser parte del Estado, son administradores de los bienes públicos y pueden disponer su uso, como en el presente caso, por ende no se ha incurrido en ningún hecho ilegal.”

Al respecto, Gutiérrez manifestó que el argumento que esgrime la Municipalidad revela desconocimiento de los aspectos legales que regulan la administración de los bienes de dominio público.

“Debe tenerse presente unos son de uso público como las vías públicas y los parques, plazas, alamedas y jardines, y, por tanto de acceso irrestricto. Otros bienes están afectados al servicio público como lo son los locales municipales, los cuales ciertamente no pueden estar en vías públicas, sino en lotes debidamente acondicionados para la finalidad que se persigue”, puntualizó el especialista.

El viernes 12 de este mes, vecinos de la zona destruyeron el cerco instalado por la municipalidad para el inicio de las obras de construcción en señal de protesta.

SÓLO CON APROBACIÓN. Marco Tulio Gutiérrez sostuvo que desafectar un bien de uso público para ser destinado al servicio público, solamente es posible si la Municipalidad Metropolitana de Lima lo aprueba, de acuerdo con la Ordenanza N° 296 y su modificatoria N° 786, que establece el Régimen de Constitución y Administración de los Bienes de Uso Público de Lima.

“Los pocos casos que la Municipalidad Metropolitana ha aceptado de este tipo de desafectaciones ha sido de una parte de parques, como fue el adoptado recientemente para regularizar la situación del Teatrín del Olivar de San Isidro que fue edificado hace décadas sobre una parte del parque del mismo nombre”, recordó.

El director del IPAM señaló que las municipalidades no pueden desaparecer parte de las vías públicas por las necesidades de locales para la prestación de servicios, pues la vigente Ley de Contrataciones del Estado les ha facilitado la compra de terrenos y locales cuando se requiera para el cumplimiento de sus funciones.

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